10 novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta 2014
Arranca el periodo de la declaración de la renta 2014 ( la que presentamos por los ingresos del 2013 ) y no queda más remedio que cumplir con Montoro porque Hacienda somos todos. Comienza la cuenta atrás para el comienzo de la declaración de la renta con los siguientes plazos renta 2014. Se podrá presentar entre el 23 de abril y el 30 de junio por Internet; y si se efectúa por cualquier otro medio, los plazos son del 5 de mayo y el 30 de junio. A partir del 1 de abril, ya se puede solicitar el borrador.
Presentamos 10 novedades a tener en cuenta:
1- Los contribuyentes podrán utilizar un nuevo sistema de firma con clave de acceso tras haberse registrado como usuarios en la web. Así podrán pagar si la declaración les sale a ingresar, además de acceder a su borrador y datos fiscales.
2- La Agencia Tributaria ha eliminado la posibilidad de presentar la declaración de la renta rellenada a bolígrafo, de modo que aún elegían unos 35.000 contribuyentes, que podrán así solicitar el servicio de cita previa para que la administración tributaria les elabore en sus oficinas la declaración, aunque no formen parte del público objetivo
3- El borrador o datos fiscales llegaran a los contribuyentes por correo únicamente, si se solicitó expresamente el año anterior y no se ha accedido a ellos, previamente, por la web.
4- Como recuerda EFPA España (European Financial Planing Association), los Presupuestos Generales ya han incorporado ciertas rebajas incluidas en la ley de emprendedores. Así, en el IRPF se incorpora una nueva deducción del 20% por la inversión en empresas de nueva o reciente creación.
5- Se mantiene la deducción por vivienda para las compras de inmuebles que hayan tenido lugar antes del 1 de enero de 2013. A partir de esa fecha, ya no hay derecho a deducirse el 15% de las cantidades abonadas.
6- Se mantiene el impuesto de Patrimonio. El Impuesto sobre Patrimonio, que se recuperó en el ejercicio 2011, se prorroga también en 2014, sin perjuicio de las bonificaciones acordadas por cada Comunidad Autónoma (así, por ejemplo, en 2013 sólo Madrid ha mantenido la bonificación del 100 %).
7- Los fondos de inversión y las pensiones, son según EFPA, los productos que todavía ofrecen ventajas fiscales al ahorro: - Con los fondos de inversión podemos traspasar el dinero más las ganancias de un fondo a otro sin tener que pagar. No pagamos impuestos si utilizamos el dinero de un fondo para contratar otro, algo que gran parte de los ahorradores todavía desconoce.
-Las aportaciones a los planes de pensiones reducen la base general del IRPF y no hay que pagar por los beneficios que se vayan generando, sino que será en el momento de percibir la prestación (básicamente por jubilación, invalidez y fallecimiento de su titular) cuando deba tributar como una renta del trabajo.
8- Se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros).
9- Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
10- Hay cambios en el Impuesto de Sociedades. Según EFPA, “ a las grandes empresas se les permite aplicar deducciones por I+D+i con un mayor límite, e incluso podrán pedir el abono de estas deducciones (aunque con un descuento del 20%)”. Vía: www.teinteresa.es
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